Comunicado de Salceda&Abogados a 22 de enero de 2021
Desde Salceda&Abogados recordamos en general, y a nuestros clientes en particular, que la Ley de Créditos al consumo permite en en caso de incumplimiento contractual estos casos la resolución del contrato de financiación, de modo que el paciente no está obligado a optar por el aplazamiento que ofrecen las financieras. En el supuesto de que se dé un contexto de fusión, el paciente podrá elegir con total libertad si desea o no una nueva financiación.
Dpto. Comunicación - Salceda&Abogados - 22 de enero de 2021